Part a Quirón: grup Mbg

Experiències i pors del moment més desitjat.

ilargia38
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Membre des de: ds. març 21, 2015 1:10 pm

Part a Quirón: grup Mbg

EntradaAutor: ilargia38 » dl. nov. 16, 2015 12:22 pm

Bon dia a totes,

Em queden dues setmanetes per tenir la meva filla a la clínica Quirón de Barcelona. Em porta l'equip MBG, concretament el doctor Marquès. Estic cotenta de l'atenció rebuda al llarg d'aquests 9 mesos, però a mesura que s'apropa la data del part m'ha agafat una mica de por que no es respectin certes coses (pell a pell, lactància materna, està acompanyada durant el part....). Em podríeu explicar les vostres experiències, moltes gràcies!
San78
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Re: Part a Quirón: grup Mbg

EntradaAutor: San78 » dl. nov. 16, 2015 2:08 pm

Hola, ilargia38!
Jo vaig tenir aquest agost la meva segona nena a la Quirón i també amb el grup Mbg, com la primera nena fa ara quatre anys, i la veritat és que vaig quedar molt contenta, inclús més en aquest segon part.
En tots dos casos va ser part per cesàrea, i, a diferència del primer, en el segon la meva parella va poder estar amb mi en tot moment. Només nèixer me la van posar a sobre per fer el pell a pell, i mentre jo era a reanimació, en el segon part i també a diferència del primer, en comptes de quedar-se la nena tota sola a nursery, la van pujar a l'habitació amb el seu pare, amb qui va fer el pell a pell amb la nena sense robeta i sense guants.
Pel que fa a la lactància materna, també molt bé. Les infermeres i les noies de nursery em preguntaven molt sovint com portava el tema, em van assessorar i inclús m'anaven explicant quin tipus de llet tenia en cada moment. Ah, i la llevadora, una senyora que es deia Presentación, superbé, molt amable, agradable i carinyosa.
Espero que vagi tot molt bé, jo penso que estàs en molt bones mans!
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atreya
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Re: Part a Quirón: grup Mbg

EntradaAutor: atreya » dl. nov. 16, 2015 6:03 pm

Hola jo vaig tenir el nen al març farà dos anys amb el gruo mbg a la quiron i un deu. Pell a pell desde el minut zero els dos deslullats al nen tampoc el van vestir. No ho van fer fins passades dues hores. No sel van endur mes que deu minuts el primer dia despres tot li feien a lhabitacio fins i tot la prova del taló. Em van ajudar molt amb la lactància. El part va anar be provocat setmana 42 i només un punt
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San78
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Re: Part a Quirón: grup Mbg

EntradaAutor: San78 » dl. nov. 16, 2015 6:26 pm

M'he oblidat de dir que, com diu la companya, no treuen el nen de l'habitació en cap moment, inclús li van pesar allà mateix i la última revisió del pediatra va ser a l'habitació, amb la qual cosa li pots consultar tots els dubtes que tinguis
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estefi
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Re: Part a Quirón: grup Mbg

EntradaAutor: estefi » dl. nov. 16, 2015 7:06 pm

Hola! Jo vaig tenir la nena fa 1 setmana a la Quirón. Vaig arribar de 4 cm i es va accelerar el part tant que vam haver de correr i el gine no va arribar a temps, nomes ens va fer la foto. La llevadora em va posar la via a l'arribar si o si, tot i que li vaig demanar que no me la poses. (Me la va haver de posar dos vegades perque no la va posar bé, tampoc el segon cop...)
El part va ser sense epidural i cap punt. La vaig tenir dreta , tot i que la llevadora em volia pujar a la camilla. Despres em va treure la placenta i vaig fer pell amb pell amb el bebé.
Les infermeres i les de la nursery molt agradables, encara que insistien en cada canvi de torn en mirar-me els punts (que no tenia..)
El 2012 vaig parir també a la Quirón i si que van vestir la nena i se la van endur una estona, pero el part va ser diferent, vaig trencar aigues brutes i me'l van provocar perque hi havia perill per la nena.
Jo n'estic contenta, però la llevadora aquest cop no va estar a l'alçada de les circumstancies. Era joveneta i no va sapiguer veure que la cosa anava rapid, encara que jo els hi deia que la nena sortia ja! Espero que et serveixi! Cada part es un mon. Sort!
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Membre des de: ds. març 21, 2015 1:10 pm

Re: Part a Quirón: grup Mbg

EntradaAutor: ilargia38 » dt. nov. 17, 2015 4:29 pm

Moltes gràcies a totes!

Suposo que m'estan entrant els nervis dels últims dies! Em deixeu molt més tranquil.la!

Una abraçada.
aureliana
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Membre des de: ds. març 30, 2013 3:50 pm

Re: Part a Quirón: grup Mbg

EntradaAutor: aureliana » dt. feb. 23, 2016 12:09 pm

Vaig parir amb MBG a Quirón al desembre del 2015 i tot perfecte, pell a pell durant 4 hores, no s'enduien el bebé, molta ajuda amb la lactància, menjar molt bo, molt amables...tot perfecte!
Ohana
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Membre des de: dl. feb. 06, 2023 2:03 pm

Re: Part a Quirón: grup Mbg

EntradaAutor: Ohana » dc. març 12, 2025 1:34 pm

Mi historia de parto en MBG en Quirón Barcelona fue de terror. Aquí podéis leerla para que no le pase a ninguna otra mujer:

PARTO EN MBG CON LA DOCTORA ESTHER MUÑOZ CASAS Y LA COMADRONA MARTA ENERIZ EN EL HOSPITAL QUIRÓNSALUD DE BARCELONA

1. La ginecóloga Esther Muñoz Casas (nº de colegiado 46507) me negó el derecho a elaborar y comentar mi Plan de Parto.

En la semana 34 de embarazo pregunté a mi ginecóloga, la Dra. Esther Muñoz, que cuando hablaríamos del Plan de parto. Su respuesta fue engañosa y me indujo a error: me dijo que el Plan de Parto era un documento más bien de la sanidad pública y que en los hospitales privados no se hacía, porque yo ya sabía que sería ella quien me atendería el parto. La creí. Ahora sé que esto es falso y que el Plan de Parto y Nacimiento es un documento legal que toda gestante tiene derecho a hacer para expresar sus preferencias, necesidades, deseos y expectativas, tanto en el sistema público de salud como en el privado.

2. La ginecóloga Esther Muñoz y la comadrona Marta Eneriz Grau (nº de colegiado 2440) me sometieron a una inducción al parto sin informarme ni solicitarme mi consentimiento, infringiendo con ello 1) la Ley de Autonomía del Paciente; 2) el Derecho a la información y a la privacidad, recogido en el artículo 5.2.3. del Código de Conducta y Ético del Grupo Quirónsalud; y 3) los Códigos Deontológicos Profesionales -Médico y de Enfermería-.

Rompí agua a las 00 horas de la noche del jueves 2 al viernes 3 de noviembre de 2023 (semana 39+0 de embarazo, gestación de bajo riesgo, sin ninguna patología y con cultivo SGB negativo). A la 1 de la madrugada empezaron las contracciones suaves. Cuando fueron más frecuentes (cada pocos minutos) y dolorosas, acudí a urgencias del Hospital Quirónsalud de Barcelona. Pregunté a la comadrona de urgencias ginecológicas de Quirónsalud si había algún problema por tener la bolsa rota y me dijo que no, que a partir de las 18 horas de la ruptura prematura de membranas me pondrían antibiótico, pero que el parto podía ser incluso más tarde. A pesar de que todavía estaba en fase latente de parto y no en fase de parto activo (solo dilatada de 1 centímetro, con contracciones que empezaban a ser regulares) y contrariamente a lo que recomienda el Documento de Consenso de la Atención al Parto Normal de la S.E.G.O, decidió ingresarme de forma precoz en planta hacia las 5:45 horas. La finalidad era dar tiempo a que el trabajo de parto siguiera avanzando de forma espontánea antes de llevarme a paritorio y me recomendó “movimiento, mucha verticalidad y duchas de agua caliente”. Me dijo que aguantase todo lo que pudiese y que avisase cuando me doliese mucho, pero no lo hice, porque estaba tolerando bien las contracciones.

La OMS, en sus Recomendaciones para los cuidados prenatales para una experiencia de embarazo positiva, manifiesta que “Es posible que el trabajo de parto no se acelere naturalmente hasta alcanzar un umbral de dilatación del cuello uterino de 5 cm. Por consiguiente, no se recomienda el uso de intervenciones médicas para acelerar el trabajo de parto y el nacimiento (como la estimulación con oxitocina o la cesárea) antes de este umbral”. Asimismo, tampoco aconseja adoptar medidas para prevenir el retardo de la dilatación. Por su parte, el protocolo internacional más actualizado, el del NHS de Reino Unido (actualizado en 2023), aconseja ofrecer a las mujeres con embarazos a término y ruptura prematura de membranas el manejo expectante hasta 24 horas.

En el caso de catalunya, la adaptación de la Guía de Práctica Clínica del Sistema Nacional de Salud sobre la Atención al Parto Normal establece específicamente que, en ausencia de otros factores que indiquen un riesgo para la madre o el feto, la progresión lenta del parto no es indicación para realizar una estimulación y recomienda no realizar perfusión de oxitocina en partos vaginales que progresan de forma normal.

La mayoría de las mujeres nulíparas alcanzarán la segunda etapa del parto (+4cm de dilatación), sin intervenciones, dentro de las primeras 18 horas. Aun así, la ginecóloga Esther Muñoz y/o la comadrona de MBG que me asignaron posteriormente para atender el parto, Marta Eneriz, decidieron a mis espaldas intervenir e iniciar la inducción a las 8 horas de la ruptura prematura de membranas. Poco después de las 8 horas de la mañana, alguien llamó a la habitación de planta y ordenó que saliese inmediatamente de la ducha y me pusiera la bata, porque tenía que bajar ya a paritorio, sin comunicarme que me iban a inducir el parto para acelerar el proceso ni solicitar mi consentimiento expreso para ello.

En ningún momento nadie me informó de que se me sometería a una inducción, ni de la finalidad, naturaleza, riesgos y consecuencias de la misma, tal y como obliga el art. 4 de la Ley de Autonomía del Paciente, ni tampoco de la alternativa disponible (la conducta expectante) para permitirme decidir libremente qué quería hacer. Tampoco dejaron constancia de todo ello en mi historia clínica, incumpliendo la obligación legal de hacerlo. La omisión del deber de informarme también supone una violación del Derecho a la información y a la privacidad recogido en el art. 5.2.3. del Código de Conducta y Ético del Grupo Quirónsalud, de todo el art. 10 del Código de Deontología Médica y del art. 10 del Código Deontológico de Enfermería, relativos a la información del paciente, así como del protocolo de la S.E.G.O, que en el Documento de Consenso de la Atención al Parto Normal exige que se informe previamente a la gestante antes de aplicar un tratamiento.

Por otro lado, en ningún momento nadie me pidió mi consentimiento expreso, informado y por escrito para la inducción al parto, violando el art. 8.2. de la Ley de Autonomía del Paciente. Este artículo establece que la paciente debe prestar su consentimiento libre y voluntario a toda actuación en el ámbito de la salud, una vez haya recibido toda la información y haya valorado las opciones propias del caso y, además, obliga a que dicho consentimiento se solicite por escrito cuando se trate de procedimientos que suponen riesgos e inconvenientes de notoria y previsible repercusión negativa sobre la salud, como es el caso de la administración de oxitocina para la inducción al parto. Omitir el deber de solicitar el consentimiento del paciente supone también la transgresión del art. 4.4.c del Código de Conducta y Ético del Grupo Quirónsalud, todo el art. 13 del Código de Deontología Médica y los art. 7 y 9 del Código Deontológico de Enfermería. Distintas resoluciones del Tribunal Superior de Justicia de Madrid y del Tribunal Supremo han sentenciado también que se necesita el consentimiento expreso y por escrito para la inducción al parto.

El documento genérico de información y consentimiento para la “asistencia al parto” de MBG que firmé días antes de ingresar no anula mi derecho a ser informada durante el parto ni tampoco mi derecho a decidir libremente entre las opciones disponibles. Así lo reconoce la Sociedad Española de Ginecología y Obstetricia en su Documento de Consenso de la Asistencia al Parto Normal, donde señala que el documento informativo o consentimiento informado no deben obviar la información necesaria a la paciente ni evitan la reclamación y la posible condena si se hace mal y donde reconoce la necesidad de obtener un consentimiento escrito y específico para determinadas actuaciones. El Protocolo para la asistencia integral al parto del Hospital Quirónsalud de Barcelona diferencia también entre prestar consentimiento para la “asistencia al parto” y para la “inducción al parto”, dado que es un procedimiento distinto que requiere consentimiento expreso.

Por otro lado, este documento que me coaccionaron a firmar desde MBG carece de validez jurídica tal y como está redactado, en tanto en cuanto:
No incluye el contenido informativo mínimo (indicación concreta actual y real que motiva la intervención obstétrica de la inducción al parto, riesgos relacionados con mis circunstancias personales -la paciente-, alternativas a la inducción y consecuencias previsibles de la no realización de la inducción) que exige la ley a una hoja de consentimiento informado para realizar un procedimiento médico concreto;
No solicita el consentimiento expreso para iniciar la inducción al parto;
Obliga a prestar consentimiento en bloque y por adelantado para unas actuaciones hipotéticas y extempóreas, dejando cualquier decisión médica y/o quirúrgica enteramente a juicio del tocólogo, quien se limitará “en lo posible” a informar de las decisiones que tome, algo flagrantemente contrario al derecho al consentimiento recogido en la Ley de Autonomía del Paciente.

Volviendo a la inducción al parto, incluso en caso de “sospecha de retraso en la dilatación”, como pueden intentar alegar ambas sanitarias para justificar el inicio de la perfusión de oxitocina (algo difícil de justificar, pues 1) esta circunstancia no consta en mi historia clínica y 2) NO estaba en fase activa de parto, sólo habían transcurrido 8 horas desde la ruptura prematura de membranas y yo estaba empezando a tener por mí misma contracciones), la Guía de práctica clínica sobre la atención al parto normal del Ministerio de Sanidad y también en su adaptación a catalunya recomiendan OFRECER la estimulación con oxitocina. En ningún caso establecen que deba inyectarse sin el conocimiento y consentimiento de la paciente.

He pedido en dos ocasiones por escrito a MBG cuál es su protocolo a seguir (o el del Hospital Quirónsalud de Barcelona) en caso de ruptura prematura de membranas, para saber cuántas horas podría haber esperado en planta para dejar que el parto avanzara sin intervenir, pero no me lo han querido dar. O bien no tienen protocolo y la embarazada depende totalmente del tiempo que el ginecólogo/a decida conceder, según su propia comodidad y conveniencia; o bien no se siguió el protocolo y por eso rechazan dármelo.

3. La comadrona Marta Eneriz y la ginecóloga Esther Muñoz ignoraron a conciencia el resultado del test de Bishop, que indicaba que, en caso de iniciar una inducción, lo adecuado médicamente era empezar con prostaglandinas.

En mi historia clínica se indica que mi puntuación en el test de Bishop al entrar en paritorio fue de un 4 sobre 13 en la escala de Bishop, dándome un bajo pronóstico de parto vaginal. Una puntuación igual o inferior a 6 en dicho test indica que el cérvix es desfavorable y que, en caso de querer inducir el parto, es preciso proceder antes a la maduración cervical (Pre-inducción). Y, de hecho, así consta en mi historia clínica, donde se indica explícitamente que el método recomendable son las prostaglandinas (textualmente en mi informe alguien escribió: “Se debería iniciar con las Prostaglandinas”). Esto habría resultado en un proceso más lento, ya que probablemente el parto se habría demorado hasta la madrugada del día siguiente (sábado), pero con mayor probabilidad de éxito.

Sin embargo, la ginecóloga Esther Muñoz y/o la matrona Marta Eneriz decidieron administrarme oxitocina sintética directamente, contraviniendo intencionadamente el Protocolo de la Sociedad Española de Ginecología y Obstetricia, e iniciaron la perfusión a las 9:15 horas para acortar y acelerar al máximo el parto, con pleno conocimiento de que con una puntuación de 4 sobre 13 en el test de Bishop esta vía tenía muchas más probabilidades de terminar en cesárea, tal y como ocurrió. Dicho Protocolo de la S.E.G.O. señala que la oxitocina sólo está indicada clínicamente en caso de test de Bishop igual o superior a 7.

4. La comadrona Marta Eneriz me presionó para ponerme la epidural para aprovechar e iniciar la inducción.

La analgesia epidural no fue una decisión que tomé voluntariamente. Al entrar en paritorio, la matrona Marta Eneriz me preguntó si quería la epidural. Le dije que todavía no la quería y le pregunté si no sería mejor moverme y adoptar posturas con verticalidad, tal y como me habían recomendado al ingresar. La respuesta de la matrona fue: “No. Esto es lo que ya te hemos dejado hacer hasta ahora”. Sólo llevaba 2 horas y media en planta y ella consideraba que ya era demasiado tiempo. No me dio alternativa, hizo venir a la anestesista a las 9 horas para que me pusiera la epidural y me conectó un gotero a la vía. Mucho más tarde me di cuenta de que aprovechando el gotero para el suero había iniciado la perfusión de oxitocina 10 UI AMPL 1ML (a las 9:15h, según consta en mi historia clínica) sin que yo fuera consciente de ello.

A partir de este momento, la matrona omitió el deber de registrar en mi historia clínica las sucesivas dosis de oxitocina que me iba administrando, así como el aumento o disminución de dichas dosis y en qué intervalos lo hacía.

5. La comadrona Marta Eneriz me engañó y me negó la walking epidural, con el objetivo de dejarme inmóvil en la camilla.

En el Documento de Consenso de la Atención al Parto Normal de la S.E.G.O se recomienda usar la analgesia epidural en la menor dosis posible que permita el control del dolor, con el fin de producir el mínimo bloqueo motor y permitir que la parturienta deambule o adopte aquella postura que le aporte mayor comodidad.

Sin embargo, cuando accedí a ponerme la epidural y pedí específicamente a la matrona Marta Eneriz que me pusieran la walking epidural, que el hospital Quirónsalud de Barcelona anuncia que ofrece, ella me la negó. Su respuesta exacta fue: “Ahora todas pedís esto, pero es la misma epidural”. Me engañó. Con la walking epidural la mujer puede deambular; con la epidural normal, no. Ignoró mi petición e indicó a la anestesista que me pusiera la dosis de epidural normal (levobupivacaina 0,125% + fentanilo 2 mcg/ml) en lugar de la epidural deambulante (levobupivacaina 0,0625% + fentanilo 2 mcg/ml). Tampoco me permitió hablar con la anestesista. La matrona me sentó en la camilla de espaldas a la puerta del paritorio, me señaló un papel que debía firmar, me sujetó firmemente con la espalda curvada, entró la anestesista, pinchó y se fue. Ni le vi la cara.

A partir de entonces, la matrona Marta Eneriz me impuso que me quedara tendida en la camilla, con las piernas en alto en posición de litotomía durante todo el trabajo de parto. Hacia las 10:30 horas me hizo cambiar de camilla para ir a otro paritorio y la epidural me dejó de hacer efecto (más tarde la anestesista dijo que se debía haber movido el catéter). A pesar del dolor insoportable que empecé a sentir a partir de ese momento y que duró horas, la comadrona Marta Eneriz no me permitió dejar la posición de litotomía durante todo el trabajo de parto inducido e incluso me reprochó que en un momento yo “ya me había cansado” de estar como ella ordenaba y me había acurrucado de lado para intentar aliviar el dolor que sentía.

6. La comadrona Marta Eneriz abandonó su puesto de trabajo, dejándome sin atención médica durante buena parte de la mañana.

El prospecto de la oxitocina sintética (Syntocinon 10 UI/ml solución inyectable y para perfusión) señala que “La utilización de oxitocina para inducción del parto debe realizarse estrictamente por razones médicas, no por conveniencia” y que la administración debe llevarse a cabo “bajo la supervisión de un médico cualificado”. El uso de este medicamento requiere que la mujer esté vigilada en todo momento por las posibles complicaciones del tratamiento y para poder ajustar la dosis del fármaco a la respuesta individual de la paciente, vigilando cuidadosamente la frecuencia cardíaca del bebé y la presión sanguínea de la madre, entre otros indicadores, por si es necesario suspender el uso del fármaco. La Guía de práctica clínica sobre la atención al parto normal del Ministerio de Sanidad y también en su adaptación a catalunya indican específicamente que no debe dejarse a una mujer en fase activa de parto sola, excepto por períodos muy breves de tiempo.

Sin embargo, en medio de la inducción, la matrona Marta Eneriz me ordenó quedarme en litotomía y se fue, abandonando su puesto de trabajo para gestionar asuntos personales, omitiendo su deber de atención al paciente. Estuve agonizando, sin atención médica, en la misma postura de litotomía y con contracciones continuas e incesantes. El registro cardiotocográfico muestra polisistolia por la administración de oxitocina en perfusión intravenosa, con un ritmo de más de 5 contracciones en menos de 10 minutos, llegando a ser peligroso para el bebé.

Mi marido salió del paritorio tres veces a preguntar por la matrona, pero ésta no regresó. No sabían dónde estaba ni conseguían localizarla. Tampoco vino a atenderme ninguna otra matrona. Sí vino la anestesista, en dos momentos diferentes, a ponerme otros dos bolos de epidural ante la insistencia de mi marido que me estaba viendo sufrir, pero tampoco me quitaron el dolor.

Mucho más tarde, a mediodía, la matrona Marta Eneriz volvió y dijo que se había ausentado porque se había ido a realizar una prueba médica de rutina, un TAC, y que por eso me había dejado desatendida. Finalmente pidió a la anestesista que me pinchase de nuevo en la espalda la anestesia epidural al darse cuenta de que los bolos adicionales de epidural no estaban funcionando.

7. La matrona Marta Eneriz me desinformó respecto a la posición del bebé y me negó el movimiento, incumpliendo, entre otros, el artículo 4.2. del Código de Conducta y Ético del Grupo Quirónsalud, relativo a la calidad asistencial, experiencia y seguridad del paciente.

El Protocolo de la Sociedad Española de Ginecología y Obstetricia indica que se debe transmitir a la gestante y familiares más cercanos, de forma comprensible y completa, la información disponible sobre el estado actual del parto, dando el soporte humano que ese momento requiere. Esto no ocurrió. Al mediodía, cuando la matrona Marta Eneriz finalmente regresó a paritorio, mi marido le preguntó directamente en dos ocasiones “¿nos puedes informar sobre qué está pasando?”, pero ésta no nos dio explicaciones ni más detalles. Solo nos transmitía que yo no progresaba rápido, que no ayudaba y que estaba yendo muy lenta al dilatar.

Hasta que pasadas las 15:00 horas terminó de pasar consulta y acudió a paritorio la ginecóloga Esther Muñoz, la comadrona Marta Eneriz no nos informó de que el bebé estaba en posición de occipito posterior y de que esto podía alargar el parto y hacerlo más doloroso. No sólo no nos informó, sino que en lugar de hacer algo para intentar ayudar y facilitar que el niño se colocara óptimamente, hizo todo lo contrario obligándome a pasar toda la dilatación estirada en litotomía.

La OMS recomienda alentar la movilidad y adoptar una posición erguida durante el trabajo de parto en mujeres de bajo riesgo. La Guía de práctica clínica sobre la atención al parto normal del Ministerio de Sanidad y también en su adaptación a catalunya dictan que hay que ayudar a las mujeres, también con analgesia epidural, a adoptar cualquier postura que les sea cómoda y a movilizarse si así lo desean. Sin embargo, a mí la comadrona me negó el derecho al movimiento fisiológico y a ponerme en posiciones verticales, lo que habría facilitado que el niño rotara y bajara por el canal de parto. Sólo me dejaron mover en los últimos minutos antes de ir a quirófano, que me cambiaron de posición para ponerme de lado, tal y como aparece reflejado en mi historia clínica. La comadrona Marta Eneriz también me engañó cuando pregunté si los bebés podían nacer en posición de occipito posterior al responderme que no, que no era seguro, y me asustó diciendo que me iba a arrepentir de intentar un parto vaginal, para coaccionarme así a pedir una cesárea electiva.

Por otro lado, la Actualización y adaptación en catalunya de la Guía de Práctica Clínica del Sistema Nacional de Salud sobre la Atención al Parto Normal establece lo siguiente: “Las mujeres en trabajo de parto deben ser tratadas con el máximo respeto, disponer de toda la información y estar implicadas en la toma de decisiones. Para facilitarlo, los profesionales sanitarios y el resto del personal que le atienden tendrán que establecer una relación empática con las mujeres, preguntarles por sus expectativas y necesidades, para poder apoyarles y orientarlas, siendo en todo momento conscientes de la importancia de su actitud, del tono de voz utilizado, de las palabras utilizadas y de la forma en que se proporcionan los cuidados”.

Tuve todo lo contrario. No recibí ni una palabra amable o de apoyo de la matrona. Me mintió, infantilizó, reprendió en varios momentos e incluso me regañó en el quirófano cuando pregunté muy mareada si el niño no debía cogerse al pecho para iniciar la lactancia nada más nacer. Me consta que a fecha de hoy la comadrona Marta Eneriz ya ha sido apartada de sus funciones anticipadamente, siendo uno de los motivos principales el tipo de atención al parto que proporcionaba y de los cuales el hospital Quirónsalud de Barcelona era consciente.

El trato de ambas sanitarias supuso una vulneración flagrante de los Códigos Deontológicos Profesionales así como del artículo 4.2. del Código de Conducta y Ético del Grupo Quirónsalud, relativo a la calidad asistencial, experiencia y seguridad del paciente, que recoge específicamente la obligación de tratar al paciente con respeto, empatía, de forma personalizada y adecuada; proporcionar toda la información que sea necesaria y respetar su voluntad; obtener el consentimiento informado; y no realizar actividades fútiles ni redundantes, entre otros deberes.

8. La comadrona Marta Eneriz me hizo repetidas maniobras de Kristeller, mientras que la doctora Esther Muñoz intentaba forzar la dilatación digital del cérvix, así como lograr antes de tiempo la rotación del bebé.

Tal y como sale en mi historia clínica, para forzar el avance rápido del parto, la ginecóloga Esther Muñoz intentó sin éxito dilatarme manualmente (“rechazar el labio anterior cervical”, con el objetivo de lograr la “progresión de la estática fetal”) y rotar al bebé, sin esperar a que yo estuviera dilatada de 10cm. El Protocolo del Centre de Medicina Fetal i Neonatal de Barcelona subraya que es necesario esperar a la dilatación completa para hacerlo, ya que se ha demostrado que si se intenta la rotación manual antes de ello, se triplica el riesgo de fracaso respecto a si se realiza en dilatación completa. Asimismo, la dilatación digital es una de las actuaciones que están contraindicadas en la actualidad, junto con la maniobra de Kristeller, tal y como especifica el Volumen 5 (Parte 2) del Manual del Programa Formativo de la Especialidad de Enfermería Obstétrico Ginecológica (Matrona).

Por su parte, la matrona Marta Eneriz me practicó varias maniobras de Kristeller, firmemente desaconsejadas y contraindicadas por las Guías de práctica clínica del Ministerio de Sanidad y del Departament de Salut de la Generalitat de Catalunya y por la OMS. La Sociedad Española de Ginecología y Obstetricia también rechaza tajantemente esta maniobra por los riesgos que conlleva y especifica que en ningún caso debe utilizarse la maniobra de Kristeller para facilitar el descenso de la presentación.

Sin embargo, mientras la ginecóloga Esther Muñoz intentaba la dilatación digital y la rotación manual de forma prematura, la matrona Marta Eneriz se subió a un taburete y me clavó el codo en la barriga, dejando caer todo su peso en repetidas ocasiones (maniobra de Kristeller), para empujar el niño hacia abajo, aun sabiendo que estaba en una posición menos óptima, en occipito posterior. Mi hijo necesitó sesiones de fisioterapia a causa de la tortícolis muscular congénita que sufrió como consecuencia del parto.

La Guía de práctica clínica sobre la atención al parto normal del Ministerio de Sanidad y la adaptación a catalunya de la Guía de Práctica Clínica del Sistema Nacional de Salud sobre la Atención al Parto Normal subrayan que son preferibles los pujos espontáneos y recomiendan no iniciar pujos dirigidos hasta llegar a la dilatación completa y esperar a pujar hasta haber completado la fase pasiva de la segunda etapa del parto. Por su parte la OMS recomienda a las mujeres con anestesia epidural esperar entre una y dos horas desde la dilatación completa antes de empezar a pujar.

Aun así, ambas sanitarias me ordenaron pujar ya e incluso la comadrona me riñó por hacer los pujos sin contener la respiración. Me ordenó cerrar la boca “porque se me escapaban las fuerzas” y me forzó a hacer pujos en apnea (maniobra Valsalva). Este tipo de pujos, a glotis cerrada, se ha demostrado que disminuyen el aporte de oxígeno al bebé y que son más lesivos para el suelo pélvico de la madre.

9. Ni la matrona Marta Eneriz ni la ginecóloga Esther Muñoz siguieron la recomendación de dejar pasar mínimo 4 horas entre cada tacto vaginal, infringiendo el artículo 4.2. del Código de Conducta y Ético del Grupo Quirónsalud, según el cual los profesionales se comprometen a cumplir con las recomendaciones de las entidades de referencia en el sector de la salud.

Tal y como aparece reflejado en mi historia clínica, me hicieron tactos vaginales a las 8:30h (1cm de dilatación), a las 9:00h (2cm), a las 10:30h (5cm), a las 12:00h (6cm), a las 14:00h (8cm), a las 15:30h (8cm) y a las 16:00h (8cm). Ambas insistieron en que no estaba dilatando suficientemente rápido, pero tampoco me dejaron tiempo para ello.

La Organización Mundial de la Salud, el Volumen 5 (Parte 2) del Manual del Programa Formativo de la Especialidad de Enfermería Obstétrico Ginecológica (Matrona), el Protocolo del NHS de Reino Unido (actualizado en 2023), la Guía de práctica clínica sobre la atención al Parto Normal del Ministerio de Sanidad y el Protocol d’Atenció i acompanyament al Naixement de Catalunya coinciden en la necesidad de dejar al menos un intervalo de 4 horas entre tactos vaginales para dar tiempo al cuerpo de la mujer a dilatar. La S.E.G.O., cuyo Protocolo es el más desactualizado, dicta que los tactos deben ser los mínimos posibles y acepta que se realicen cada 2h-4h.

Sin embargo, en mi caso el tiempo entre tacto y tacto fue: de 2 horas (1 sola vez), 1h30min (3 veces) y 30min (2 veces). Ni una sola vez esperaron 4 horas, ni tan siquiera 3 horas. En una única ocasión, al mediodía, el intervalo fueron 2 horas y esto solo se debió al hecho de que la matrona abandonó sus funciones para hacerse un TAC y no estaba presente para seguir haciendo tactos más a menudo.

Evitar los tactos vaginales innecesarios es especialmente importante en caso de ruptura prematura de membranas, mi caso, para evitar infecciones, pero me practicaron 7 tactos en 7 horas y media. El riesgo de corioamnionitis es de un 2% con menos de 3 tactos vaginales y asciende al 13% si se realizan 7 u 8 tactos.

En caso de inducción con oxitocina sintética, la Guía de práctica clínica sobre la atención al parto normal del Ministerio de Sanidad indica que se realizará un tacto al cabo de 4 horas de iniciar la perfusión de oxitocina. La adaptación a catalunya de la Guía de Práctica Clínica del Sistema Nacional de Salud sobre la Atención al Parto Normal amplía este período y señala que se hará el tacto después de 6 horas. Ambas Guías dictan que, si en este tacto después de 4 horas/6 horas, respectivamente, el progreso de dilatación es superior a 2cm, no se realizará una nueva exploración hasta 4 horas después.

Ambas sanitarias no lo respetaron, incumpliendo intencionadamente los protocolos médicos contenidos en dichas Guías de práctica clínica. En mi caso, a las 10:30h, tan solo 1 hora y 15 minutos después de haber iniciado la perfusión de oxitocina (9:15h) me hicieron otro tacto. En las siguientes 5 horas y media, me hicieron 4 más.

Si hubieran seguido las Guías mencionadas, después de haber iniciado la perfusión de oxitocina a las 9:15h (2cm) deberían haber esperado a las 13:15h (6cm) / 15:15h (8cm), respectivamente, para realizar un nuevo tacto. Y, después, al comprobar que efectivamente había dilatado mucho más de 2 cm en estos lapsos de tiempo, esperar mínimo 4 horas más antes de realizar un nuevo tacto (como pronto, a las 17:15h / 19:15h). Esto no ocurrió. Ya al ​​mediodía me sentenciaron a quirófano.

10. Me practicaron una cesárea por distocia de dilatación, pero solo me dejaron 25 minutos para seguir dilatando.

La Actualización y adaptación en catalunya de la Guía de Práctica Clínica del Sistema Nacional de Salud sobre la Atención al Parto Normal señala que en la decisión de intervenir en la fase activa del parto debe considerarse que la velocidad de progresión de la dilatación en esta fase no es lineal.

En las Recomendaciones de la OMS para los cuidados prenatales para una experiencia de embarazo positiva, señala que “Una velocidad de dilatación del cuello uterino mínima de 1 cm por hora durante todo la fase activa del período de dilatación resulta irrealmente rápida para algunas mujeres y, por ende, no se recomienda para identificar una progresión normal del trabajo de parto. Una velocidad de dilatación del cuello uterino menor que 1 cm por hora no debe ser un indicador de rutina para la intervención obstétrica”.

Pese a que yo era nulípara y que logré dilatar de 1cm a las 8:30h de la mañana a 8cm a las 15:30h (7 horas), es decir, 1,15cm/h, la ginecóloga afirmó que había distocia de dilatación. Según el Centre de Medicina Fetal i Neonatal de Barcelona, para poder señalar que hay distocia por falta de progresión del trabajo de parto cuando la paciente lleva anestesia epidural y está en fase activa de parto es necesario que transcurran por lo menos 3 horas. El Volumen 5 (Parte 2) del Manual del Programa Formativo de la Especialidad de Enfermería Obstétrico Ginecológica (Matrona) del Ministerio de Sanidad Español Enfermera Interna Residente (Aprobado por orden SAS/1349/2009, de 6 de mayo) señala que han de transcurrir por lo menos 4 horas para hablar de fase activa del parto detenida. En mi caso, hacía sólo 1h30 del último tacto (a las 14:00h). Supliqué esperar más y me concedieron únicamente 25 minutos, el tiempo de irse a preparar el quirófano. Cuando regresaron al paritorio, la ginecóloga me repitió el tacto, dictaminó que ya no dilataría más y que no había alternativa a la operación.

En su documento “Consideraciones éticas sobre la cesárea”, la Comisión de bioética de la Sociedad Española de Ginecología y Obstetricia, reconoció que uno de los principales motivos que explican las cifras tan elevadas de cesáreas en nuestro país, en particular en la medicina privada, es el hecho de iniciar estimulaciones o inducciones en circunstancias y tiempo no pertinentes y la necesidad de terminar el parto por la vía que sea ante la llegada de la noche o del fin de semana. Por ello, apeló a la ética profesional para evitar cesareas innecesarias, priorizando siempre el criterio clínico, sin dejar de lado la autonomía de la mujer, y evitando ejercer algún tipo de coerción que pudiera estar mediada por intereses económicos, sociales y bioéticos.

Esto no se respetó en mi caso. Cuando volví a pedir esperar más tiempo, la ginecóloga Esther Muñoz me dijo que el niño se estaba quejando en los monitores para conseguir doblegar mi voluntad y que yo accediera a ir a quirófano. Consentí engañada y muerta de miedo a la operación, pensando que mi hijo estaba sufriendo. Sin embargo, en mi historia clínica no se indica que la cesárea fuera por pérdida de bienestar fatal, ni siquiera por sospecha de pérdida de bienestar fetal. También he revisado mi historia clínica con una matrona independiente que me ha reafirmado que las DIPS variables del registro cardíaco fetal eran leves, que había una rápida recuperación en la línea basal y que muy probablemente eran consecuencia de las repetidas maniobras de Kristeller que me realizaron. Era viernes a mediodía. A las 16:06 horas me entraron a quirófano y a las 16:53 horas la ginecóloga y la matrona pudieron terminar su turno e irse a su casa a disfrutar del fin de semana habiendo cobrado el plus por atender un parto más.

El artículo 4.3 del Código de Deontología Médica establece que “La principal lealtad del médico es la que debe a su paciente y la salud de éste debe anteponerse a cualquier otra conveniencia”. Sin embargo, ambas sanitarias antepusieron sus intereses a mi salud y a la de mi hijo. Primero, induciéndome el parto innecesariamente para forzar que el nacimiento de mi hijo (de 2.940gr) ocurriera dentro de su horario laboral. Y, posteriormente, llevándome por su propia comodidad a una cirugía abdominal mayor (cuya hora de inicio y final saben de antemano, que conlleva cortar 7 capas para llegar a extraer al bebé y cuya recuperación posterior es durísima y muy dolorosa para la madre), al detectar que todavía quedaban horas para lograr el parto vaginal.

Por todo lo expuesto, quiero denunciar que el día en que nació mi hijo ambas sanitarias no actuaron conforme a la lex artis; infringieron la Ley de Autonomía del Paciente; violaron el Código de Conducta y Ético del Grupo Quirónsalud y los Códigos de Deontología Profesionales -Médico y de Enfermería-; y transgredieron las recomendaciones de las Guías de práctica clínica del Ministerio de Sanidad, del Departament de Salut de la Generalitat de Catalunya, de la Sociedad Española de Ginecología y Obstetricia y de la Organización Mundial de la Salud, incurriendo en mala praxis, tanto desde el punto de vista clínico como de la ética profesional.

A raíz de las vivencias de ese día, el equipo de psicología y psiquiatría perinatal del hospital de Sant Pau me diagnosticó estrés postraumático como consecuencia de la violencia obstétrica que padecí y tuve que ser ingresada durante tres semanas el pasado mes de julio. Actualmente sigo en tratamiento psicológico y psiquiátrico, debo tomar antidepresivos y ansiolíticos a diario y tengo problemas de vínculo con mi hijo.

SOLICITO:

Mediante este escrito quiero denunciar ante la dirección del hospital Quirón las infracciones normativas cometidas por el equipo de MBG formado por la Dra. Esther Muñoz Casas (nº de colegiado 46507) y por la matrona Marta Eneriz Grau (nº de colegiado 2440). Solicito que admitan a trámite esta denuncia y pido que se investigue y se me dé respuesta por escrito a las siguientes cuestiones, con el objetivo de esclarecer los hechos acaecidos y depurar las responsabilidades pertinentes:

¿Por qué se me negó el derecho a elaborar un Plan de parto y Nacimiento?
¿Por qué se me sometió a una inducción sin informarme y sin mi consentimiento?
¿Cuál es el protocolo a seguir en caso de ruptura prematura de membranas?
¿Por qué no se me ofreció la alternativa de seguir una conducta expectante?
¿Por qué se inició la inducción con oxitocina, contraviniendo el resultado del test de Bishop (4 sobre 13), que indica iniciar la maduración cervical con prostaglandinas?
¿Por qué se me negó la walking epidural?
¿Por qué la matrona se ausentó de su puesto de trabajo para realizarse una prueba médica, dejándome sin atención médica en medio de una inducción con oxitocina?
¿Por qué me negaron la movilidad y las posiciones verticales?
¿Por qué me hicieron tactos vaginales en intervalos de tiempo mucho menores a los dictados por todas las Guías de práctica clínica y Protocolos médicos?
¿Por qué la matrona me hizo la maniobra de Kristeller, tajantemente contraindicada?

Y, sobre todo, quiero esclarecer si el hecho de que fuera viernes mediodía fue la causa detrás de la mala praxis por parte de ginecóloga y matrona y de la cirugía mayor abdominal a la que me sometieron innecesariamente y si hubo una motivación económica y/o de conveniencia por parte de ambas sanitarias.

Asimismo, en caso de que la investigación interna constate que efectivamente se produjeron las infracciones normativas denunciadas mediante esta carta, SOLICITO:
Que se tomen las medidas correctivas pertinentes en el protocolo de atención a la paciente para evitar que se repita la misma situación de violencia obstétrica;
Que el hospital adopte las medidas punitivas consecuentes con las sanitarias que me atendieron infringiendo dolosamente la Ley de Autonomía del Paciente, el Código de Conducta y Ético del Grupo Quirónsalud, los Códigos de Deontología Profesionales Médico y de Enfermería-, las recomendaciones de las Guías de práctica clínica del Ministerio de Sanidad, del Departament de Salut de la Generalitat de Catalunya, de la Sociedad Española de Ginecología y Obstetricia y de la Organización Mundial de la Salud.

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